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El delito de quiebra fraudulenta
Por Carolina García
Sumario: I) Introducción; II) Concepto de patrimonio; III) El bien jurídico protegido del delito en análisis; IV) La crisis del principio pars conditio creditorum y la aplicación del Principio de continuación de la Empresa en marcha; V) Breve reseña histórica respecto de la quiebra en el Derecho Romano; VI) Configuración del delito de quiebra fraudulenta; a) Tipo Objetivo: a.1) Sujeto activo del delito; a. 2) Calidad y declaración de comerciante; b) Presupuesto típico: La declaración de quiebra firme; c) Acciones típicas; c. 1) Simular o suponer deudas, enajenaciones, gastos, o pérdidas; c. 2) No justificar la salida o existencia de bienes que debiera tener, sustraer u ocultar cualquier cosa que correspondiere a la masa; c. 3) Conceder ventajas indebidas a cualquier acreedor; d) Participación; e) Actos que abarca el ilícito que se investiga; f) Sujeto pasivo del delito; g) Tipo Subjetivo; h) Prescripción de la acción penal; VII) Conclusiones.
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Términos mencionados en esta doctrina: delito, principio.